¿Es posible reclamar daños en las Cortes por los efectos adversos del Cambio Climatico?

Moises Sanchez, en La Tragedia de los Comunes

SANTIAGO, 06 de septiembre de 2005, (TDC News).- En abril del presente año, distintas organizaciones ciudadanas, ONG's y varios Estados, demandaron en Washington D.C. a la Agencia de Protección Ambiental (EPA), por deficiencias en la regulación de los gases de efecto invernadero bajo el acta por el aire limpio ("clean air act"), que es el instrumento legal que regula las emisiones contaminantes en Estados Unidos. Recientemente, a finales de agosto, la Corte de California admitió a tramitación una demanda, en la que se pretende obtener la reparación de daños por parte de dos empresas privadas que prestaron apoyo financiero y seguro a proyectos que incrementan la emisión de gases de efecto invernadero.
La Dra. Roge de Marzolini, representante de una de las demnadantes en esta última acción legal, declaró en un comunicado que "Esto es solo el comienzo, ya que no sólo deberán responder los países industrializados que son responsables de la mayor cantidad de emisiones de gases que incrementan la temperatura global, sino también aquellos menos desarrollados que no toman las medidas necesarias para advertir y prevenir a las personas afectadas de consecuencias del cambio climático, anticipadas por el Panel Científico Internacional, como inundaciones, incremento de las precipitaciones, aumento de la intensidad de las sequías, entre otras."
Sin duda alguna me parece muy interesante que las Cortes esten considerando la admision de estas demandas, ya que eso demuestra que a los ojos de los jueces, la efectividad del Cambio Climático es un hecho, a pesar de todas las maniobras que se han realizado en estos últimos meses para acallar a los científicos que afirman la efectividad de este fenómeno por parte de algunos congresistas, especialmente el representante por el Estado de Texas, Joe Barton. En este sentido, creo que el va a ser muy interesante seguir el curso de estas acciones legales, pues con seguridad el tema de la efectividad del daño por cambio climático será uno de los de mayor debate.
En cualquier caso, creo que las declaraciones de la Dra. Roge de Martolini resultan ser exageradas, porque el resultado de estos juicios no necesariamente van a provocar un cambio en las polìticas climáticas de los paìses más desarrollados, que están viendo este asunto más bien como una cuestion de costos económicos y políticos, y en donde una o dos sentencias favorables a los solicitantes no van a marcar un cambio sustantivo en dicha política, más aún si se considera que serían dictadas por las cortes de uno de los países que, precisamente, no ha ratificado el Protocolo de Kioto.
Por otra parte, me parece aventurado afirmar que los países en desarrollo tendrían que hacerse responsables por las medidas de prevención que no tomaron para evitar los efectos adversos del cambio climatico, pues es evidente que a dichos países, por muchos motivos, no les podemos pedir un nivel de protección y prevención ambiental al nivel de los países más desarrollados. Con esto no quiero decir que no deban proteger su medio, sino tan solo poner sobre el tapete la evidente injsuticia que significa medir "con la misma vara" de los desarrollados a estos países.
Creo que este tema merece muchas reflexiones, y por eso les dejo algunos vinculos con información respecto de los dos casos. En particular, para la gente vinculada al Derecho, les recomiendo la lectura de un interesante paper (en ingles) que se realizó sobre este tema por Bradford Mank, porfesor de leyes de la Universidad de Yale, en el que trata de dilucidar si el calentamiento global puede ser considerado un dalo global ("Standing and Global Warming: Is Injury to all to none").
Moises Sanchez.-
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Nota: se suprimieron tildes de este articulo para evitar problemas de visualizacion en distintos navegadores
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